martes, 19 de octubre de 2010

Causantes

Son las personas que pueden ser invocadas como cargas familiares por un beneficiario y que originan el derecho al pago de la asignación familiar. Estos son:

* La cónyuge, cuando depende de su esposo trabajador y el cónyuge invalido, cuando depende de su esposa trabajadora.
* Los hijos y los adoptados hasta los dieciocho años, y los mayores de esa edad hasta los 24 años, solteros, que sigan cursos regulares en la enseñanza media, normal, técnica, especializada o superior, en las instituciones del Estado o reconocidas por éste.
* Los nietos y bisnietos, huérfanos de padre y madre o abandonados por estos, en las mismas condiciones señaladas para los causantes hijos.
* La madre viuda.
* Los ascendientes mayores de 65 años.
* Los niños huérfanos o abandonados, en las condiciones señaladas para los causantes hijos, y los inválidos que están a cargo de las instituciones del Estado o reconocidas por este, que provean a su crianza y mantención

Para hacer efectiva la asignación familiar, los causantes deberán:

* Vivir a expensas del beneficiario que lo invoque.
* No percibir una renta igual o superior al 50% del ingreso minino.($55.600)

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